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Desde la perspectiva jurídica
59. EL ABORTO SOLO SE RESTRINGIRÁ A ESTAS 3 CAUSALES
FALSO.
Más allá de la deficiencia técnico-legislativa en la regulación de
las causales del proyecto de ley, la experiencia comparada con los países
con ley de aborto demuestra que no es posible que exista una legislación
restrictiva del aborto. Siempre se parte de causales precisas las que se van,
con el tiempo, ampliando.
En España, por ejemplo, que comenzó su legislación del aborto con una
ley (1985) casi idéntica a la que se propone actualmente en Chile, luego de
que se aprobara la llamada ley Aído (2010), que permite el aborto a libre
demanda, resultó que las cifras de aborto no cambiaron. Es decir, se pudo
comprobar que en la última década se realizaban 100.000 abortos anuales
que no correspondían a la causal invocad
Esto es lo que verdaderamente propone el lobby abortista, cuyo objetivo
no es conseguir el aborto en ciertas causales, sino
tornarlo enteramente
libre.
Eso lo consiguen de dos formas:
•
redactando las causales de manera amplia y vaga, o
•
directamente expresando un “aborto a petición de la mujer.”