Disyuntiva de nuestros legisladores, Tribuna El Mercurio Viernes 22 de Julio

Juan Ignacio González: «Nuestros legisladores están ante una disyuntiva grave: O se arrogan el derecho a establecer cuál vida puede ser vivida y cuál puede ser suprimida, con todo lo que eso implica hacia el futuro, o comprenden que hay ámbitos que por su propia naturaleza están más allá de sus competencias».

La aprobación del aborto en tres causales tiene entrampados a muchos legisladores que adhieren al humanismo cristiano. Se apela a la diferencia entre despenalizar una conducta y legalizarla, distinción muy difícil. Del proyecto de ley y su mensaje es necesario concluir que estamos ante una propuesta que concede vida legal a la acción directamente abortiva sobre un ser ya concebido, quitando toda responsabilidad por esos actos. Se dice en él que la interrupción del embarazo es parte del «trato digno que el Estado de Chile debe otorgar a sus ciudadanas» y la criminalización de este es una «vulneración a sus derechos» y se la considera «como una legítima prestación de salud», añadiendo que la legislación vigente sobre la materia «se traduciría en una vulneración de sus derechos» al no permitir el aborto. Todo lo anterior no significa la despenalización del aborto, sino que a través de su integración como un derecho de salud se le concede vida legal. Eso es lo que se hace cuando se dice: «mediando la voluntad de la mujer, un médico cirujano se encontrará autorizado para interrumpir un embarazo, en los términos regulados por los artículos siguientes», y se citan los tres casos conocidos. Se trata de una acción directa y específica para terminar con el desarrollo de un embrión humano.

Resulta evidente que en ciertos casos el legislador puede despenalizar una conducta. Ello supone que antes la consideraba punible y luego, por diversos motivos, ya no lo es. Deben existir razones para ello. ¿Cuál puede ser la razón para permitir interrumpir el desarrollo de la vida a un ser ya en camino? Se puede contestar que -por ahora- solo son tres. El peligro para la vida de la madre, la enfermedad del feto que lo haga inviable o que sea la concepción fruto de una violación. Los legisladores están haciendo un juicio ético de valor sobre la vida humana. Estiman que en estos tres casos está en sus manos autorizar a los ciudadanos a poner fin a esa vida y no solo no se les perseguirá, sino que ayudará a esas personas a que puedan decidir, poniendo a su servicio el aparato de salud. Pero ¿por qué razón el legislador estimaba que antes estas conductas estaban prohibidas? La única respuesta verdadera es que consideraba la vida humana ya concebida como el bien superior a proteger, ante el cual todos los demás ceden. Luego, ¿puede el legislador cambiar su decisión y decir que de ahora en adelante ya no será así en los tres casos? Nada sustancial ha cambiado. La vida es la misma que antes, pero ahora nuestros parlamentarios hacen otro juicio de valor diverso. Estiman que la vida de la madre vale más que la del hijo. En la inviabilidad están permitiendo que la ley ahorre a la madre y la sociedad las dificultades que podría implicar un ser humano que viene en camino, pero enfermo, y en el caso de la violación están diciendo que la honra de la madre y las dificultades que implicará ese hijo están por sobre la vida del ser humano ya concebido.

Más allá de las razones legales a favor o en contra, el problema es ético. Se trata de la competencia que tenemos como sociedad para hacer estos juicios de valor y establecerlos como regla legal de conducta. La ley manda, prohíbe o permite, pero también enseña y guía nuestras conductas. Los legisladores deben dar razón de sus actos. Hay un ámbito de las regulaciones legales que está claramente en lo prudencial y discrecional y su relación con el bien común de un momento societario concreto. Para eso están los parlamentos y las leyes. Pero hay otro que se refiere a los elementos esenciales de la convivencia humana que no caen en su competencia. Aquí está la discusión de fondo de hasta dónde llega la democracia y la legitimidad de sus determinaciones cuando se colisionan los derechos esenciales. Ninguno de nosotros estaría dispuesto a aceptar que en algunos casos, muy determinados, se permitiera torturar a alguien, aunque una ley lo estableciera. Es un viejo tema. Que muera uno y salvamos al pueblo.

Nuestros legisladores están ante una disyuntiva grave: O se arrogan el derecho a establecer cuál vida puede ser vivida y cuál puede ser suprimida, con todo lo que eso implica hacia el futuro, o comprenden que hay ámbitos que por su propia naturaleza están más allá de sus competencias.

Juan Ignacio González Errázuriz
Obispo de San Bernardo

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Seres humanos: personas

Por Soledad Alvear

En la actualidad existen autores (p.e. Peter Singer y H.T Engelhardt Jr.) que plantean que no todos los seres humanos son personas. Serían personas únicamente aquellos miembros de la especie humana capaces de ejercitar ciertas cualidades particulares y peculiares de la persona, como el raciocinio, la reflexión, la conciencia de sí mismos, la socialización, etc.

Todos aquellos que no lo pueden hacer, ya sea porque aún no lo han logrado adquirir (por ejemplo guaguas) o lo han perdido definitivamente (muerte cerebral), no podrían ser considerados personas. Es así que, siguiendo esta línea de pensamiento, aquellos seres humanos que carecen de racionalidad, niños muy pequeños, débiles mentales, ancianos dementes no deberían ser considerados personas y, por tanto, no serían sujetos de derechos. Hoy ya no sería suficiente con que alguien sea miembro y pertenezca a la especie humana para que sea persona y se le reconozcan derechos humanos. Hoy se está pidiendo poseer cualidades para ser persona y que otros nos califiquen, a su vez, de personas.

La ciencia no puede, por sí sola, atribuir al embrión humano el estatuto ontológico de ser humano o de persona, porque el “ser” y la persona no pertenecen al campo de la biología y no son objeto de investigación empírica. Por otra parte, la genética y la biología del desarrollo sugieren que el embrión no es otra cosa que un individuo de la especie humana en su fase inicial de desarrollo que a través de un proceso continuo y gradual lo llevará a convertirse en un adulto. Ese pequeño ser ya es uno de nosotros. ¿Cómo entonces se puede pensar que un individuo humano, de nuestra especie, no es persona? ¿Qué intereses hay para considerar esto? Solamente podemos decir que la separación entre naturaleza humana e individuo y persona es arbitraria y discriminatoria.

La vida humana en gestación es indiscutiblemente vida humana. Ahora bien, si es un sujeto humano, y como no se puede afirmar la individualidad del embrión preimplantatorio, sí se debe al menos aceptar que se trata de una vida humana distinta de la gestante y, por tanto, no es un objeto ni parte de ella: es un “otro”, un sujeto humano en gestación. Y al ser una realidad distinta de la gestante, no puede poseer idéntico status ontológico que un grupo de células o un simple “material biológico. Al estar la vida humana en sus inicios es un deber tratarla con el mayor cuidado y respeto, debido al principio de precaución, que en este caso nos señala aunque no podemos asegurar que el embrión preimplantado sea un individuo sino vida humana, es más prudente tratarlo como si fuera una persona que como si no lo fuese. Y aquí surgen los deberes perfectos hacia el embrión preimplantado, particularmente de protección, no maleficencia y no discriminación.

Todos los seres humanos, en cualquier etapa de desarrollo y en cualquier estado en que se encuentren, son personas dignas de protección porque tienen derechos humanos inalienables.

 

Blog La Tercera

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CONTUNDENTE: 73% ESTÁ EN CONTRA DEL ABORTO 3 CAUSALES, SEGÚN ENCUESTA DEL SENADO

Por Carolina Prieto

La plataforma “Senador Virtual” del Senado de Chile realizó una encuesta en torno al proyecto de ley que busca despenalizar el aborto en tres causales. En ella, las personas tenían la opción de votar —durante tres meses— en contra o a favor de la iniciativa, dando su opinión sobre los distintos aspectos que apunta el proyecto. Se registraron 15.745 votantes.

Con 11.541 votos, un 73% manifestó estar “en contra” del proyecto de ley que busca la despenalización del aborto en tres causales, mientras que un 26% (4.105) dijo estar “a favor”. Las abstenciones correspondieron a un 0,6% (99 votos).

RIESGO VITAL DE LA MUJER: 55,7% EN CONTRA

Ante la pregunta “¿está de acuerdo en que se autorice interrumpir el embarazo cuando la mujer se encuentre en riesgo vital?”, un 36,6% dijo que SI y un 55,7% que NO. Las abstenciones fueron de un 7,6%.

INVIABILIDAD FETAL: 70% EN CONTRA

Al preguntar “¿Considera legítimo despenalizar la interrupción del embarazo cuando el embrión o feto padece una alteración congénita o genética incompatible con la vida?” Un 28,2% de los votantes dijo que SI estaba de acuerdo y un 70% que NO. 1,7% fueron las abstenciones.

EMBARAZO POR VIOLACIÓN: 72% EN CONTRA

“¿Está de acuerdo en autorizar la interrupción del embarazo si es resultado de una violación?” la respuesta fue: un 25,9% dijo que SI y un 72,3% que NO estaba de acuerdo. Las abstenciones fueron 1,7%.

Revisa el resto de los resultados tú mismo.

Fuente: eldemocrata.cl 

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Despenalización del aborto, Cartas al Director de la Tercera

Señor director:

Un niño que hoy tiene un año, dentro de cinco será un niño de cinco años, y dentro de 10 será uno de 10 años, y así sucesivamente. Luego será un joven de 20 años y después un adulto de 40, que tal vez formará su propia familia y será padre de varios hijos. Si la madre de ese niño que hoy tiene un año lo mata, habrá negado la existencia al niño de cinco, al de 10, al joven de 20 y al adulto de 40 con todos los hijos y nietos que habría podido tener.

Un niño que hoy ha sido concebido en el seno de su madre, dentro de cinco años será un niño de cinco años y dentro de 10, será un niño de 10 años. Si su madre lo aborta hoy, habrá negado la existencia al niño de cinco, al de 10 y al joven de 20.

En ambos casos mencionados anteriormente se habrá truncado la existencia de una persona; se habrá atropellado su derecho a la vida y a todo su futuro.

Se habla del derecho prevalente de la madre por sobre el derecho del feto. Pero en realidad, no son derechos comparables. En el caso de la madre se reivindica su derecho a concebir un hijo con quien elija; el derecho a su comodidad y a su libertad de movimiento. En el caso del feto, se reivindica su derecho a la vida. Es prevalente el derecho a la vida.

Jesús llama hipócritas a quienes “cuelan un mosquito y se tragan un camello” (Mt 23,23-24). Es hipócrita una sociedad que proclama la defensa de los derechos humanos y no defiende el derecho a la vida, que es la base de todos los derechos. Un Estado que tiene en su ordenamiento una ley de aborto no es un Estado de derecho.

+Felipe Bacarreza Rodríguez

Obispo Santa María de Los Ángeles

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