Arduo y trascendente momento

El Tribunal Constitucional tiene por delante la más delicada decisión de su historia. Debe dirimir la controversia acerca de si el proyecto de ley de interrupción del embarazado en tres causales es conforme a la Constitución o la contradice, en cuyo caso no puede ser promulgado como ley de la República. En este fallo se juega parte de su futuro y su prestigio. Algunos piensan que “todo es política” y esperan que las sensibilidades que hay entre sus ministros diriman la cuestión con claridad a favor de aborto en estos tres casos. Otros apuestan a la realidad de ser el TC un tribunal en derecho, en cuyo caso creen que debería rechazar el proyecto. Es esperable que sus ministros no se muevan por la ideología dominante, ni por encuestas ni influencias políticas, etc. Al contrario de
las instancias legislativas, en este caso hay otros elementos, más allá de la política, diríamos, más objetivos, que tiene ver con las normas y principios fundamentales que rigen la vida de nuestra nación.

En efecto, lo diverso en este caso es que los ministros del Tribunal no son políticos, ni deben velar por este tipo de intereses o dar cuentas a grupos sociales o partidos políticos. Por su prestigio, por su carrera académica, por su formación jurídica, todos ellos deben dar cuenta de sus opiniones y decisiones por escrito, fundando sus razones para fallar de una u otra manera. En esos razonamientos jurídicos, además, deben guardar correspondencia con otros similares que ya ha establecido el TC en sus sentencias y en los cuales se va plasmando una doctrina o jurisprudencia uniforme en temas esenciales. Esta es la manera en que se someten al escrutinio público los ministros del tribunal y el mismo tribunal.

Y esto es muy decisivo. No se trata de alzar la mano y votar si o no. Se trata de fundamentar lo que piensan y de mostrar al país si lo propuesto por la Presidenta de la República es conforme a la ley fundamental que nos rige o no lo es. Ardua tarea. Su decisión en esta ocasión tiene que ver con el principio de los principios: hasta donde llega la “protección” que la Constitución y la ley deben conceder a la vida humana del ya concebido y no nacido. De lo que se resuelva se seguirá -se quiera o no – que algunos seres humanos que podrían llegar a asomarse a nuestro mundo -tan bello y tan afeado también – no lo hagan o sí lo puedan hacer y ser compatriotas nuestros. De ella también se seguirán otras consecuencias en leyes que tiene que ver con la salvaguarda de toda vida humana.

Las convicciones de cada miembro del tribunal, evidentemente, tienen que influir. El Tribunal Constitucional no es una maquinaria jurídica que produce fallos y sentencias. Está integrado por un valioso y prestigioso grupos de mujeres y hombres de nuestra patria, sobre los que recae – en ocasiones cómo esta – una responsabilidad de consecuencias que difícilmente podemos medir. Por eso, todo un país espera. Los creyentes oran, muchos observan atentos, todos opinan, pero sólo la
palabra certera y fundada de estos compatriotas puede alumbrar la verdad jurídica sobre un tema que en la antropología cristiana está resuelto desde hace siglos. ¿Podrán nuestras leyes contradecir aquellas verdades? ¿Que consecuencias se pueden seguir de ello? Preguntas para meditar.

Juan Ignacio González E. Obispo de San Bernardo
Abogado. Doctor en Derecho Canónico

Ver mas
Domingo 13 de agosto 2017

Queremos aclarar la confusión comunicacional que se ha producido en torno a la primera causal del proyecto de ley de aborto. Esta se ha presentado como la menos lesiva o la más razonable para resguardar a la mujer embarazada cuya vida está en riesgo. Sin embargo, los profesores de Derecho que suscribimos esta carta sostenemos que esta causal es tan inconstitucional como las otras dos. En primer lugar, porque hace posible dar muerte directa al no nacido. En segundo lugar, porque su redacción incluye conceptos cuya falta de definición es en sí mismo un atentado al deber constitucional de proteger la vida del que está por nacer. Y por último, porque no existe relación entre el fundamento invocado en el mensaje del proyecto -evitar las «condiciones de riesgo para la vida y salud de las mujeres»- y la realidad.

1. La conducta autorizada por la causal es inconstitucional al permitir al médico poner fin directamente a la vida del no nacido como un medio para evitar un peligro para la vida de la madre que estaría en riesgo vital. Posibilita que la muerte (segura) del ser en gestación sea el precio a pagar para evitar un (posible) peligro para la vida de su progenitora. Ello no solo resulta incompatible con el derecho a la vida del no nacido, que ya ha sido reconocido por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, sino que además es contrario al deber de proteger la vida del que está por nacer, que la Constitución le impone expresamente al legislador.

2. Por otra parte, la causal no está definida ni delimitada en el proyecto, por lo que la determinación de su existencia y verificación queda entregada al médico en el caso concreto, sin elementos legales que le permitan discernir lo que debe entenderse por «riesgo vital» y «peligro para la vida». La falta de precisión de dichos conceptos y de su factor de conexión resulta en sí misma contraria tanto al derecho a la vida del no nacido como al deber constitucional de proteger dicha vida, y por tanto es inconstitucional. En concreto, esta imprecisión es incompatible con aquel claro mandato dirigido por la Constitución al legislador, ya que la no especificación legal de las expresiones «riesgo vital» y «peligro para la vida» las transforma en conceptos abiertos e indeterminados, que en vez de proteger al no nacido, pueden conducir más bien a su desprotección.

3. Sin perjuicio de todo lo anterior, no puede perderse de vista que en la actualidad el art. 119 del Código Sanitario reconoce la lex artis médica, y por ende permite toda intervención terapéutica destinada a salvar la vida de la madre. En otros términos, lo que se impide es el aborto directo, es decir, las acciones que tienen por objetivo preciso matar al feto. Esta regulación ha permitido que Chile tenga hoy las tasas de mortalidad materna más bajas de América, junto a Canadá. De esta forma, carece de fundamento, y no se ajusta a la realidad, invocar la aludida causal en la supuesta necesidad de adoptarla para tratar a la mujer embarazada que sufre de alguna patología letal.

4. Como se ve, la causal primera posee un alcance que supera con creces los límites constitucionales, porque legitima dar muerte directa al no nacido; porque supone un incumplimiento del legislador al deber que le impone la Constitución en orden a proteger la vida del no nacido, y porque no existe conexión racional entre el fundamento invocado en el mensaje del proyecto y la realidad. Hay que evitar la confusión: matar no es una terapia médica y, por ende, no es un acto legítimo la eliminación directa y deliberada del ser humano concebido, cualquiera sea el fin que con ello se pretenda. Ello es contrario a la dignidad humana, porque supone transformar a algunos seres humanos en cosas, en objetos disponibles y descartables. Esto es lo que se esconde detrás de la supuestamente «inocua» primera causal: tratar al hijo inocente como una cosa, como un simple medio, y, en coherencia con esa «lógica», autorizar su muerte directa.

Carlos Frontaura
Decano Derecho PUC

Gonzalo Rioseco
Decano Derecho UDD

Alejandro Romero
Decano Derecho Uandes

(Esta columna la suscriben 66 profesores de Derecho)

mercurio.cl

No abandonemos la verdad

Miércoles 2 de agosto, tribuna El Mercurio

«Mientras parecen vencer los que confían en el formalismo democrático que funda la verdad en las mayorías, también se hacen cada vez más presentes los que creen que la verdad no es producto de la política, sino que la antecede y la alumbra…».

 

Al llegar casi al fin de la discusión sobre la ley de aborto en Chile, hemos escuchado muchos argumentos y se ha comprobado el fuerte choque de visiones antropológicas encontradas. Puede ser importante, como ultima ratio , intentar llegar a aquello en que sí todos podemos estar de acuerdo. Las reglas esenciales de nuestro actuar personal y social son siempre racionales, es decir, enunciadas y mostradas por la razón que es común a todas las personas, porque la propia razón es un rasgo de la realidad humana y porque describe las acciones convenientes para los fines inscritos en nuestra esencia.

Entre esas reglas esenciales se contienen los aspectos fundamentales que rigen el actuar de toda persona, más allá de sus concepciones religiosas o morales. La primera de esas reglas esenciales es el deber de hacer el bien y evitar el mal, en el que se fundan toda la vida personal y comunitaria. A su lado está aquel otro principio que nos enseña que no se puede hacer un mal para alcanzar un bien o que el fin bueno no justifica los medios usados si estos no lo son. Si se negara este principio universalmente reconocido, se puede justificar todo, hasta las aberraciones más increíbles.

Quitar la vida directamente a un ser humano inocente es siempre un mal. En eso estamos todos de acuerdo. Poner fin a una vida para alcanzar otro fin que se considera bueno -la vida de la madre enferma- o evitar la carga de un ser enfermo -las consecuencias de una violación- es realizar un acto malo -interrumpir una vida en camino- para lograr uno bueno. Es decir, el fin justifica los medios.

El proyecto de ley es claro al decir que «mediando la voluntad de la madre, se autoriza la interrupción de su embarazo por un médico cirujano, en los términos regulados en los artículos siguientes, cuando»… y se señalan las tres causales. Hay una evidente intención interruptiva que va directamente contra el ser ya concebido. No se trata de un efecto tolerado -que no se busca y se produce- pero no querido. Por el contrario, es una acción directa contra el embrión o feto, lo cual hace la acción directamente mala.

Este es el problema esencial que no se ha discutido ni llevado a sus fundamentos racionales. La nuestra ha sido una discusión legal, médica, ideológica, rica, etcétera, pero que no ha querido llegar a los fundamentos más profundos que en ella están envueltos. Nadie en esta discusión puede alegar incapacidad o ignorancia o una conciencia errada. Han estado todos los medios disponibles para descubrir la verdad, pero no hemos sido capaces de llegar a ella en el caso concreto.

Puede la ley permitir interrumpir directamente un embarazo, pero no puede cambiar la naturaleza misma de nuestras acciones, que si son contrarias a la racionalidad humana esencial, no mutarán por la fuerza de su aprobación legislativa. Por eso este momento es tan importante para nuestro país; desde donde deben salir las leyes que orientan a todos hacia el bien común, comienzan a salir normas que nos llevan a todos a creer que lo que no se debe hacer ahora está permitido. Cuando ya se da este primer paso, vienen como consecuencia lógica los otros, en materias conexas como el aborto libre, la vida de los que ya son inservibles por edad o enfermedad, la posibilidad de infligir castigos físicos o morales para conseguir el bien de todos, etcétera.

Como decía Ratzinger hace años, estamos ante el problema de conocer la verdad. «En la actualidad, el respeto a la libertad del individuo parece consistir esencialmente en que el Estado no decida el problema de la verdad. La verdad, también la verdad sobre el bien, no parece como algo que pueda conocerse comunitariamente. Es dudosa. El intento de imponer a todos lo que parece verdad a una parte de los ciudadanos se considera avasallamiento de la conciencia. El concepto de verdad es arrinconado en la región de la intolerancia y de lo antidemocrático».

En nuestro caso, los representantes del pueblo han arrinconado su propia capacidad de conocer la verdad en un tema esencial. Como dice el autor citado, «el concepto moderno de democracia parece estar indisolublemente unido con el relativismo, que se presenta como verdadera garantía de libertad, especialmente de libertad esencial: la religiosa y de conciencia».

La democracia no puede renunciar a un núcleo esencial de verdad ética, que le permita afirmar la plena vigencia de los derechos de todos los miembros de la raza humana, sin que un falso pluralismo o tolerancia haga posible su transgresión. En ese punto estamos. Comprenderlo es importante para descubrir los caminos futuros, porque mientras parecen vencer los que confían en el formalismo democrático que funda la verdad en las mayorías, también se hacen cada vez más presentes los que creen que la verdad no es producto de la política, sino que la antecede y la alumbra.

+ Juan Ignacio González Errázuriz
Obispo de San Bernardo

 

Fuente: mercurio.cl 

Ver mas

Fidelidad

Una virtud, por admirable que sea, se queda trunca si no permanece hasta el fin, con una pureza y lozanía acrisoladas en la dura prueba del tiempo y la adversidad. Por eso la fidelidad es la corona real de toda virtud; el peso y medida moral de un ser humano.

Fidelidad al programa de gobierno es hoy el grito prevalente una vez presentado el proyecto de ley de aborto. Pero ese proyecto contiene y exige múltiples traiciones. Traición a la Constitución, que garantiza el derecho a la vida de toda persona inocente, la igualdad ante la ley, la libertad de conciencia, de culto y de emprendimiento.

Traición a un fallo inapelable del Tribunal Constitucional, que reafirma el estatuto de persona desde el momento de la concepción. Traición a la ley, que en el Código Civil ordena proteger de todo peligro la vida del que está por nacer. Traición al juramento médico: «a nadie daré una droga mortal».

Traición a la doctrina penal y procesal, que estigmatiza como homicidio el matar a otra persona que no es ilegítimo agresor, y obliga al funcionario público a denunciar ese crimen. Traición a la naturaleza, que confía el tesoro de una vida ya concebida al diligente cuidado de sus padres, del profesional de la salud y del sistema protector del Estado.

Traición a la Patria, que de tierra de padres degenera en tierra de verdugos y sepultureros. Traición a la Nación, porque impide nacer. Traición a la mujer, porque le mata su alma y vocación de alumbrar la vida. Traición a la idiosincrasia de Chile, rica en solidaridad y predilección por el más débil. Traición al desarrollo y esplendor nacional, porque las naciones que hacen matar a sus hijos inocentes no tienen futuro.

Traición a la verdad, porque el proyecto encubre la real intención de sus autores: aborto por deseo. Traición al ideario de izquierda política, porque el aborto por deseo supera toda la carga letal atribuida al neoliberalismo. Traición a los principios fundacionales de la Democracia Cristiana, porque no hay nada más totalitario y anticristiano que un Estado que autoriza, protege y financia a los sucesores de un momificado faraón egipcio.

Traición al sentido común, que ordena solucionar los problemas y no matar a quienes los ocasionan o sufren. Traición al principio fundamental de toda ética: hacer el bien y no hacer mal al prójimo inocente. Traición al alma de Chile, concebido y nacido para ser pueblo de la vida y para la vida.

No es necesario presentar argumentos de fe contra el aborto: razón, ciencia, historia y derecho son suficientes. Pero un país de raíz e identidad cristiana no puede ignorar la sentencia con que Cristo, habitualmente manso y humilde, fulmina a quienes egoístamente traicionan la fidelidad a sus más pequeños hermanos: «¡sean eternamente malditos!».

Padre Raúl Hasbún

Fuente: Diario Financiero

Ver mas