Archivos del Autor: Eric Gonzalez

Arduo y trascendente momento

El Tribunal Constitucional tiene por delante la más delicada decisión de su historia. Debe dirimir la controversia acerca de si el proyecto de ley de interrupción del embarazado en tres causales es conforme a la Constitución o la contradice, en cuyo caso no puede ser promulgado como ley de la República. En este fallo se juega parte de su futuro y su prestigio. Algunos piensan que “todo es política” y esperan que las sensibilidades que hay entre sus ministros diriman la cuestión con claridad a favor de aborto en estos tres casos. Otros apuestan a la realidad de ser el TC un tribunal en derecho, en cuyo caso creen que debería rechazar el proyecto. Es esperable que sus ministros no se muevan por la ideología dominante, ni por encuestas ni influencias políticas, etc. Al contrario de
las instancias legislativas, en este caso hay otros elementos, más allá de la política, diríamos, más objetivos, que tiene ver con las normas y principios fundamentales que rigen la vida de nuestra nación.

En efecto, lo diverso en este caso es que los ministros del Tribunal no son políticos, ni deben velar por este tipo de intereses o dar cuentas a grupos sociales o partidos políticos. Por su prestigio, por su carrera académica, por su formación jurídica, todos ellos deben dar cuenta de sus opiniones y decisiones por escrito, fundando sus razones para fallar de una u otra manera. En esos razonamientos jurídicos, además, deben guardar correspondencia con otros similares que ya ha establecido el TC en sus sentencias y en los cuales se va plasmando una doctrina o jurisprudencia uniforme en temas esenciales. Esta es la manera en que se someten al escrutinio público los ministros del tribunal y el mismo tribunal.

Y esto es muy decisivo. No se trata de alzar la mano y votar si o no. Se trata de fundamentar lo que piensan y de mostrar al país si lo propuesto por la Presidenta de la República es conforme a la ley fundamental que nos rige o no lo es. Ardua tarea. Su decisión en esta ocasión tiene que ver con el principio de los principios: hasta donde llega la “protección” que la Constitución y la ley deben conceder a la vida humana del ya concebido y no nacido. De lo que se resuelva se seguirá -se quiera o no – que algunos seres humanos que podrían llegar a asomarse a nuestro mundo -tan bello y tan afeado también – no lo hagan o sí lo puedan hacer y ser compatriotas nuestros. De ella también se seguirán otras consecuencias en leyes que tiene que ver con la salvaguarda de toda vida humana.

Las convicciones de cada miembro del tribunal, evidentemente, tienen que influir. El Tribunal Constitucional no es una maquinaria jurídica que produce fallos y sentencias. Está integrado por un valioso y prestigioso grupos de mujeres y hombres de nuestra patria, sobre los que recae – en ocasiones cómo esta – una responsabilidad de consecuencias que difícilmente podemos medir. Por eso, todo un país espera. Los creyentes oran, muchos observan atentos, todos opinan, pero sólo la
palabra certera y fundada de estos compatriotas puede alumbrar la verdad jurídica sobre un tema que en la antropología cristiana está resuelto desde hace siglos. ¿Podrán nuestras leyes contradecir aquellas verdades? ¿Que consecuencias se pueden seguir de ello? Preguntas para meditar.

Juan Ignacio González E. Obispo de San Bernardo
Abogado. Doctor en Derecho Canónico

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Domingo 13 de agosto 2017

Queremos aclarar la confusión comunicacional que se ha producido en torno a la primera causal del proyecto de ley de aborto. Esta se ha presentado como la menos lesiva o la más razonable para resguardar a la mujer embarazada cuya vida está en riesgo. Sin embargo, los profesores de Derecho que suscribimos esta carta sostenemos que esta causal es tan inconstitucional como las otras dos. En primer lugar, porque hace posible dar muerte directa al no nacido. En segundo lugar, porque su redacción incluye conceptos cuya falta de definición es en sí mismo un atentado al deber constitucional de proteger la vida del que está por nacer. Y por último, porque no existe relación entre el fundamento invocado en el mensaje del proyecto -evitar las «condiciones de riesgo para la vida y salud de las mujeres»- y la realidad.

1. La conducta autorizada por la causal es inconstitucional al permitir al médico poner fin directamente a la vida del no nacido como un medio para evitar un peligro para la vida de la madre que estaría en riesgo vital. Posibilita que la muerte (segura) del ser en gestación sea el precio a pagar para evitar un (posible) peligro para la vida de su progenitora. Ello no solo resulta incompatible con el derecho a la vida del no nacido, que ya ha sido reconocido por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, sino que además es contrario al deber de proteger la vida del que está por nacer, que la Constitución le impone expresamente al legislador.

2. Por otra parte, la causal no está definida ni delimitada en el proyecto, por lo que la determinación de su existencia y verificación queda entregada al médico en el caso concreto, sin elementos legales que le permitan discernir lo que debe entenderse por «riesgo vital» y «peligro para la vida». La falta de precisión de dichos conceptos y de su factor de conexión resulta en sí misma contraria tanto al derecho a la vida del no nacido como al deber constitucional de proteger dicha vida, y por tanto es inconstitucional. En concreto, esta imprecisión es incompatible con aquel claro mandato dirigido por la Constitución al legislador, ya que la no especificación legal de las expresiones «riesgo vital» y «peligro para la vida» las transforma en conceptos abiertos e indeterminados, que en vez de proteger al no nacido, pueden conducir más bien a su desprotección.

3. Sin perjuicio de todo lo anterior, no puede perderse de vista que en la actualidad el art. 119 del Código Sanitario reconoce la lex artis médica, y por ende permite toda intervención terapéutica destinada a salvar la vida de la madre. En otros términos, lo que se impide es el aborto directo, es decir, las acciones que tienen por objetivo preciso matar al feto. Esta regulación ha permitido que Chile tenga hoy las tasas de mortalidad materna más bajas de América, junto a Canadá. De esta forma, carece de fundamento, y no se ajusta a la realidad, invocar la aludida causal en la supuesta necesidad de adoptarla para tratar a la mujer embarazada que sufre de alguna patología letal.

4. Como se ve, la causal primera posee un alcance que supera con creces los límites constitucionales, porque legitima dar muerte directa al no nacido; porque supone un incumplimiento del legislador al deber que le impone la Constitución en orden a proteger la vida del no nacido, y porque no existe conexión racional entre el fundamento invocado en el mensaje del proyecto y la realidad. Hay que evitar la confusión: matar no es una terapia médica y, por ende, no es un acto legítimo la eliminación directa y deliberada del ser humano concebido, cualquiera sea el fin que con ello se pretenda. Ello es contrario a la dignidad humana, porque supone transformar a algunos seres humanos en cosas, en objetos disponibles y descartables. Esto es lo que se esconde detrás de la supuestamente «inocua» primera causal: tratar al hijo inocente como una cosa, como un simple medio, y, en coherencia con esa «lógica», autorizar su muerte directa.

Carlos Frontaura
Decano Derecho PUC

Gonzalo Rioseco
Decano Derecho UDD

Alejandro Romero
Decano Derecho Uandes

(Esta columna la suscriben 66 profesores de Derecho)

mercurio.cl

Acompañamiento y Objeción de conciencia: Legalidad, experiencias y desafíos actuales

Centro UC de la Familia y el de Derecho y Religión invitan a participar de la Jornada de «Acompañamiento y Objeción de Conciencia» que se realizará el miércoles 16 de agosto a las 18.00 horas, en el Salón Aquiles Portuluppi de la Facultad de Derecho, Casa Central  UC, Alameda 340. Santiago.

En la ocasión se realizarán conversatorios organizados en dos mesas redondas compuestas por:

Ignacio Covarrubias, Director del Centro de Justicia Constitucional, Universidad del Desarrollo. Doctor en Derecho, Universidad de los Andes.

María Elena Pimstein. Secretaria General UC. Abogada Pontificia Universidad Católica de Chile.

Elizabeth Bunster, Directora de Proyecto Esperanza. Egresada Magíster en Psicología Social Comunitaria, Pontificia Universidad Católica de Chile.

Jorge Neira. Profesora adjunta en Psicología de la niñez- UCA. Médica Psiquiátrica Pontificia Universidad Católica Argentina. Especialista en Psicología Médica.

 

 

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¿Qué viene ahora?

La ley del aborto es un engaño del demonio, «homicida desde el principio y padre de la mentira» (Jn 8,44) y de los que lo tienen por padre.

Mons. Francisco Javier Stegmeier

Ocurrió lo peor: se aprobó la ley del aborto con el voto mayoritario de los partidos de izquierda, incluyendo el demócrata-cristiano. Sobre ellos caerá la sangre de los niños asesinados en el vientre de la madre y tendrán que responder ante Dios. ¿Qué viene ahora? No hay que ser profeta para decir que vendrán cosas peores.

Se dijo que la ley de divorcio –aprobada con los votos de la DC– estaría restringida a casos muy especiales, pero resultó ser muy permisiva. Se dijo que la ley de acuerdo de vida en común, también apoyada por la DC, incluyendo a homosexuales, se quedaría hasta ahí, pero ya se anunció el envío del proyecto de matrimonio igualitario. Dicen que será sin adopción de niños por parte de los homosexuales. Pero es otra mentira más, pues también podrán adoptar. Y no hay que ser profeta para decir que otra vez será la DC la que dará los votos necesarios para ello.

La ley del aborto es un engaño del demonio, «homicida desde el principio y padre de la mentira» (Jn 8,44) y de los que lo tienen por padre. Es mentira que el aborto será para casos muy específicos, porque lo que se pretende es el aborto libre en el que «la mujer pueda tomar la decisión» respecto a su propio cuerpo.

Después vendrá la ley de la eutanasia, y así. Y no hay que ser profetas para saber que estas leyes contrarias a la persona humana, al orden natural querido por Dios y a la misma fe católica contarán con el apoyo de la democracia cristiana.

¿Qué viene ahora para los que estamos por la vida y la familia y en contra de la cultura de la muerte?

1.- Orar a Jesucristo por la conversión de los abortistas y por la pronta derogación de la ley, si es que no llegara a ser declarada inconstitucional.

2. Apoyar a la mujer con un embarazo vulnerable y participar en instituciones dedicadas a esto.

3. Estudiar los fundamentos (genéticos, biológicos, antropológicos, estadísticos…) del por qué todo niño tiene derecho a nacer y también los efectos del aborto en la madre, en la familia y en la sociedad.

4. Ser siempre y en todo lugar militantes pro vida y pro familia.

5. Participar en los movimientos pro vida y en sus actividades, como marchas, conferencias, seminarios…

6. Usar un lenguaje adecuado: no decir «interrupción del embarazo», sino «crimen del aborto»; en nuestro lenguaje cotidiano no hablar de «embrión» y «feto», sino de «niño», «hijo», «persona», «guagua», «bebé»; no hablar sólo de la «mujer», llamarla también «madre»…

7. Votar sólo por candidatos pro vida dispuestos a derogar la ley del aborto. Si nos duele el dolor de la mujer con embarazo vulnerable y el aborto, a los abortistas les duele el voto.

+ Francisco Javier Stegmeier, obispo de Villarrica (Chile)

Fuente: Infocatolica.net 

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