Archivos del Autor: Eric Gonzalez

Mitos, realidades y reflexiones sobre el aborto

Aclaración de conceptos

Aborto «terapéutico» v/s tratamiento para salvar la vida de la madre

Para formar parte del debate actual de nuestro país, es importante distinguir entre dos tipos de acciones que constituyen un aborto y así determinar sus consecuencias legales y morales.

1. Aborto: acción que se dirige a causar la muerte del niño que está por nacer.

Dependiendo la motivación del que lo hace, se puede distinguir en:
1.1 Puro y simple: se busca la muerte del feto.
1.2 Terapéutico: le llaman así cuando se busca la muerte del no nacido, porque se estima que matándolo es la forma de curar a la madre.

2. Tratamiento o causa de doble efecto: cuando se aplica un tratamiento que eventualmente puede causar daño o muerte al niño que está por nacer. La acción no se dirige a dar muerte al no nacido, sino que se orienta a sanar a la madre. Una consecuencia posible del acto es que el feto muera, pero NO SE BUSCA DE FORMA DIRECTA.

Ambos tipos de hechos son muy distintos para la moral y el derecho. La intención es muy relevante  para definir el tipo de acto del que se trata. Al derecho penal no sólo le interesa las consecuencias del suceso, sino qué tipo de acto es, y cuál es la intención de quien realiza la acción. En particular, existe una diferencia central entre el «aborto terapéutico» (1.2) y realizar un tratamiento peligroso para el no nacido (2). La diferencia es que en el primero lo que se busca es directamente matar al que está por nacer, es decir, su muerte es la «terapia». En el segundo tipo de casos, no se busca matar al feto, sino que la muerte de éste es una consecuencia indeseada (a veces sólo posible) de un tratamiento que apunta directamente a curar una enfermedad (por ejemplo, aplicar quimioterapia). Como propone el profesor de Oxford, John Finnis, lo mejor es no llamar «aborto» a casos como estos, sino más bien utilizar el propio nombre del tratamiento (Ej: salpingectomía, quimioterapia, etc.), para destacar que, más allá de los nombres, es importante distinguir estos dos tipos de casos, pues reflejan tipos de acciones distintos, que merecen una evaluación moral y legal distinta.

MITO 1
«Es necesario legalizar el aborto cuando es indispensable para salvar la vida de la madre»

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Presidente de Uruguay, Tabaré Vázquez, médico socialista y masón explica su postura contra el aborto

El recién asumido Presidente hizo noticia en 2010 al usar su facultad constitucional para vetar un proyecto de ley sobre salud sexual y reproductiva sancionado por el Poder Legislativo y que buscaba despenalizar el aborto en Uruguay. Su postura frente a la materia fue explicada a través de una carta enviada a la Asablea General del Parlamento, en donde explica las razones para por las que vetó dicha iniciativa.

El mandatario aseguró que “hay consenso en que el aborto es un mal social que hay que evitar. Sin embargo, en los países en que se ha liberalizado el aborto, éstos han aumentado”. Vásquez ejemplificó diciendo que “en los Estados Unidos, en los primeros diez años, se triplicó, y la cifra se mantiene: la costumbre se instaló”. Situación que en sus palabras, “también sucedió en España”.

En la misiva, Vásquez asegura que “la legislación no puede desconocer la realidad de la existencia de vida humana en su etapa de gestación, tal como de manera evidente lo revela la ciencia”. El médico explica que “descubrimientos revolucionarios, como la fecundación in vitro y el ADN con la secuenciación del genoma humano, dejan en evidencia que desde el momento de la concepción hay allí una vida humana nueva, un nuevo ser”.

“Tanto es así que en los modernos sistemas jurídicos –incluido el nuestro– el ADN se ha transformado en la ‘prueba reina’ para determinar la identidad de las personas, independientemente de su edad, incluso en hipótesis de devastación, o sea cuando prácticamente ya no queda nada del ser humano, aun luego de mucho tiempo”, agregó.

Para el líder socialista “el verdadero grado de civilización de una nación se mide por cómo se protege a los más necesitados. Por eso se debe proteger más a los más débiles. Porque el criterio no es ya el valor del sujeto en función de los afectos que suscita en los demás, o de la utilidad que presta, sino el valor que resulta de su mera existencia”.

El mandatario aseguró que la norma en discusión afectaba el orden constitucional y los compromisos asumidos por Uruguay en tratados internacionales, entre otros el Pacto de San José de Costa Rica y la Convención Sobre los Derechos del Niño, ambos pactos ratificados también por Chile.

El líder del Frente Amplio aseguró que “nuestra Constitución, obliga expresamente a proteger a la maternidad, y el Pacto de San José de Costa Rica –convertido además en ley interna como manera de reafirmar su adhesión a la protección y vigencia de los derechos humanos– contiene disposiciones expresas, como su artículo 2º y su artículo 4º, que obligan a nuestro país a proteger la vida del ser humano desde su concepción. Además, le otorgan el estatus de persona”.

Vásquez explicó a los parlamentarios que si bien una ley puede ser derogada por otra ley, no sucede lo mismo con los tratados internacionales, que no pueden ser derogados por una ley interna posterior. “Si Uruguay quiere seguir una línea jurídico-política diferente a la que establece la Convención Americana de Derechos Humanos, debería denunciar la mencionada Convención”, afirmó.

Respecto a la objeción de conciencia, el líder uruguayo aseguró que “al regularla de manera deficiente, el proyecto aprobado genera una fuente de discriminación injusta hacia aquellos médicos que entienden que su conciencia les impide realizar abortos, y tampoco permite ejercer la libertad de conciencia de quien cambia de opinión y decide no realizarlos más”.

“Nuestra Constitución sólo reconoce desigualdades ante la ley cuando se fundan en los talentos y virtudes de las personas. Aquí, además, no se respeta la libertad de pensamiento de un ámbito por demás profundo e íntimo”, aseguró el recién investido Presidente y aseguró que dicho texto “afecta la libertad de empresa y de asociación, cuando impone a instituciones médicas con estatutos aprobados según nuestra legislación, y que vienen funcionando desde hace más de cien años en algún caso, a realizar abortos, contrariando expresamente sus principios fundacionales”, en una línea muy similar a lo señalado por el Rector de la Universidad católica, Ignacio Sánchez.

Asimismo, Vásquez explicita que “el proyecto, además, califica erróneamente y de manera forzada, contra el sentido común, el aborto como acto médico, desconociendo declaraciones internacionales como las de Helsinki y Tokio, asumidas en el ámbito del Mercosur, que vienen siendo objeto de internalización expresa en nuestro país desde 1996 y que son reflejo de los principios de la medicina hipocrática que caracterizan al médico por actuar a favor de la vida y de la integridad física”.

Para Tabaré, de acuerdo a la idiosincrasia del pueblo Uruguayo, “es más adecuado buscar una solución basada en la solidaridad que permita promocionar a la mujer y a su criatura, otorgándole la libertad de poder optar por otras vías y, de esta forma, salvar a los dos”.

“Es menester atacar las verdaderas causas del aborto en nuestro país y que surgen de nuestra realidad socio-económica”, agregó.

Finalmente, el médico aseguró que “existe un gran número de mujeres, particularmente de los sectores más carenciados, que soportan la carga del hogar solas. Para ello, hay que rodear a la mujer desamparada de la indispensable protección solidaria, en vez de facilitarle el aborto”.

Fuente: Chile B

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El aborto: un rotundo fracaso de la sociedad

Uno de los temas que ha causado gran polémica en tiempos actuales es el aborto; van y vienen argumentos a favor y en contra y, si bien es cierto que es difícil exponer una opinión respecto a un tema que muchas veces puede ser desconocido para algunos que no hemos estado en el lugar de quienes lo han efectuado, no es complicado ponerse en la posición de los no nacidos y defender la oportunidad de vivir que les corresponde por derecho, como bien lo expresa la Declaración Universal de los Derechos Humanos en el artículo 1: todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y en el artículo 3: todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. ¿El simple hecho de condenar a muerte a un ser no sería, por lo tanto, una grave infracción de estos artículos?

Hay ciertos casos en los que algunos lo consideran admisible; casos en los que el feto ya presenta malformaciones en la gestación. ¿Eso significaría que la vida de los discapacitados no es tan digna como la de otros quienes sí presentan una fisonomía que concuerda con los parámetros establecidos en el canon de la belleza actual?

Y lo que es peor, se pueden encontrar otros en los que el bebé moriría a los pocos segundos, minutos u horas luego de nacer. Pero ¿quién nos da el derecho de quitarle esos tan preciados instantes de vida fuera del vientre materno?

Aunque muchos relacionan el estar en contra del aborto con una postura más bien defendida por la iglesia católica, lo cierto es que la protección de la vida del no nacido no es una cuestión de fe religiosa.

Iglesias de todas las doctrinas, incluso muchos ateos  y agnósticos abogan por el valor universal de cada persona, afirmando con seguridad que abortar no es tener genuina libertad debido a que esta nace del respeto a la vida y de la generosidad.

Hoy no existe la esclavitud, por lo tanto nadie es dueño de nadie, ni siquiera se conciben los hijos como de  propiedad de sus madres; de hecho ellas solamente tienen la obligación natural y moral de protegerlos dentro y fuera del vientre,  hasta que puedan valerse por sí mismos, hasta cuando sean capaces de ejercer su propia libertad.

Por otra parte, hay quienes consideran el aborto como un derecho de la mujer. Es innegable que la mujer tiene derecho a recibir una educación sexual adecuada, a recibir asistencia psicológica y sanitaria durante este proceso y, sobre todo, información sobre las alternativas existentes para evitar abortar, que en términos técnicos sería lo mismo que hablar de un asesinato, ya que, aunque el feto habite dentro de su cuerpo, es una vida independiente de la madre que la acoge y por tanto ésta no tiene ningún derecho de terminarla; porque en realidad después de ocurrido el aborto evidentemente no se puede reanudar el embarazo, por lo que no se podría definir como interrupción.

Sin embargo una de las falacias más recurrentes es la de promover que las mujeres controlen sus cuerpos sin permiso de los hombres; incluso hay algunas feministas integristas que odian tanto el hecho de ser ellas quienes queden embarazadas y no los hombres, que se plantean el tema de esta forma.

Esto se debe en muchos casos a la violencia de género o acoso en el trabajo, llegando incluso a despedir a muchas de ellas sólo por estar embarazadas. Pero esto no ocurre frecuentemente; muchas abortan simplemente por desconocimiento de otras alternativas existentes y porque ven como un ideal de la sociedad moderna cometer tales acciones porque la ley está vigente y el aborto ya está siendo practicado en algunos países europeos más desarrollados socialmente hablando.

Lo que olvidamos es que la posible nueva ley convertiría el aborto en un método de planificación familiar, un método anticonceptivo que no hará más felices a las parejas. Al contrario, mucho más miserables, además de todos los problemas que conlleva, desde el embarazo no previsto,las dificultades de tomar la decisión de abortar, hasta los traumas pos aborto, pasando por depresiones, secuelas físicas, y psicológicas, cuando la mujer se da cuenta de la verdadera naturaleza de su acto, o sea, cuando se percata de que lo que verdaderamente está haciendo es matar a su propio hijo.

Sea como sea, el aborto es un rotundo fracaso de la sociedad porque no es algo inocuo ni tampoco una solución a los problemas, sino lo opuesto. La verdadera solución posible sería informarse de todo lo que conlleva esta situación para evitarla, ayudar a quienes pasan por una situación de embarazo no deseado dándoles a conocer otras alternativas a las que se puede optar (adopción, por ejemplo) e incentivar a los demás a que hagan lo mismo, no promover leyes que lo permitan.

Ignacia Picas Aguilera

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